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Legislación aplicable Estancos

NUEVA NORMATIVA PARA ESTANCOS APROBADA POR DECRETO LEY

Imagen de legislación de estancos

La normativa que afectan al mundo del Tabaco es muy amplia ya que aparte de la normativa legal que regula las Expendedurías de Tabaco y Timbre y la venta y circulación del Tabaco también hay que considerar la normativa sanitaria que influye sobre dicha materia.

La legislación actualmente vigente, reguladora del mercado de tabacos, y por supuesto, de la actividad del estanco, está recopilada en los siguientes ordenamientos legales:

  • Normativa Europea sobre productos de tabaco (2014/40/UE), que entró en vigor el 19 de mayo de 2014 y es aplicable en los países de la UE desde el 20 de mayo de 2016, en lo relativo al apartado de aplicación automática. Establece las normas aplicables a la fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los productos relacionados: cigarrillos, tabaco de liar, tabaco de pipa, puros, puritos, tabaco de uso oral, cigarrillos electrónicos y productos a base de hierbas de fumar.
  • Real Decreto-Ley 2/2006, de 10 de febrero, por el que se modifican los tipos impositivos del Impuesto sobre las Labores del Tabaco, se establece un margen transitorio complementario para los expendedores de tabaco y timbre y se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
  • Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
  • Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad. En su Título I, Capitulo II por el que regula el Mercado de distribución de labores de tabaco.
  • Ley 13/98, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria.
  • Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
  • Artículo 13 sobre “Fijación del canon concesional de las Expendedurías de Tabaco y Timbre del Estado”.
  • Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Art. 117 Canje).
  • Real Decreto 2668/1998, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos.
  • Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de ordenación del Mercado de Tabacos, y se regula el Estatuto Concesional de la Red de Expendedurías de Tabaco y Timbre.
  • Proyecto de Modificación del Real Decreto 1199/1999, por el que se desarrolla la ley 13/1998, de 4 de Mayo, de ordenación del Mercado de Tabacos y normativa tributaria y regula el estatuto concesional de la red de Expendedurías de Tabaco y Timbre.

DIRECTIVA EUROPEA SOBRE PRODUCTOS DE TABACO (2014/40/UE)

La DIRECTIVA EUROPEA sobre productos de Tabaco (2014/40/UE), pendiente de transposición por España, prevé lo siguiente:

  • La Prohibición de los cigarrillos y el tabaco de liar con aromas característicos.
  • Obliga a la industria tabacalera a informar pormenorizadamente a los Estados miembros sobre los ingredientes que utiliza en sus productos(en particular, los cigarrillos y el tabaco de liar).
  • Exige que se incluyan advertencias sanitarias en los envases de los productos del tabaco y los productos relacionados. Las advertencias combinadas (imágenes y texto) deben cubrir el 65% de las caras anterior y posterior en el caso de los cigarrillos y el tabaco de liar.
  • Establece dimensiones mínimas en las advertencias y elimina los envases pequeños para determinados productos del tabaco.
  • Excluye todo tipo de elementos promocionales o engañosos sobre los productos del tabaco.
  • Prevé un sistema de seguimiento y rastreo a nivel de la UE para combatir el comercio ilícito de los productos del tabaco.
  • Permite que los Estados miembros prohíban las ventas por internet de los productos del tabaco y los productos relacionados.
  • Establece requisitos de calidad y seguridad para los cigarrillos electrónicos.
  • Obliga a los fabricantes a notificar los productos del tabaco novedosos antes de introducirlos en el mercado de la UE. ( Véase nuestro blog: http://www.lotoestanc.com/blog/)

BOE DEL 10 DE SEPTIEMBRE DEL 2014

Real Decreto 748/2014, de 5 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, y se regula el estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco y timbre.

Modificada la normativa de desarrollo de la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos.

Los titulares de expendedurías podrán importar labores de tabaco de países de la Unión Europea y se permite la venta de productos del tabaco a distancia a personas residentes en otro Estado miembro de la Unión.

La subasta sustituye al concurso como la forma de provisión de las expendedurías y se introducen importantes avances en la gestión de la red minorista del mercado de tabaco, para mejorar la regulación del sector e incrementar la competitividad.